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Última modificación 2024-06-26T10:52:26-05:00

Minera Cerro Matoso: ¿Desarrollo o Desastre Ambiental?

Minera Cerro Matoso: ¿Desarrollo o Desastre Ambiental?

La explotación de ferroníquel en Cerro Matoso está generando graves impactos en la salud y el medio ambiente. Así lo determinó la Corte Constitucional tras resolver una acción de tutela presentada por ciudadanos afectados por esta empresa minera, operando en Córdoba desde 1982.

 

 

 

Según los denunciantes, la actividad minera ha provocado diversas enfermedades respiratorias, cardiovasculares y dermatológicas. La Corte validó los diagnósticos médicos de numerosos habitantes de la zona, quienes presentan lesiones cutáneas severas, enfermedades respiratorias irritativas, cáncer de pulmón, problemas cardíacos y altos niveles de níquel en sangre y orina.

 

 

 

La situación de estas comunidades ha sido alarmante durante años. En 2014, el abogado Abelardo de la Espriella denunció a Cerro Matoso S.A. en nombre de las comunidades cercanas, reportando enfermedades respiratorias y cutáneas, malformaciones en bebés, abortos espontáneos y cáncer, sumado a la contaminación y degradación de los recursos naturales.

 

 

 

Cuatro años después, la Corte Constitucional se pronunció sobre el caso, observando la emisión constante de nubes de escoria y material particulado, afectando a las comunidades aledañas. Se encontraron concentraciones excesivas de químicos en la atmósfera y fuentes hídricas, y se verificó la contaminación de varios ríos, con sedimentación en uno de los afluentes debido a la construcción de un canal perimetral.

 

 

 

Por estos motivos, la Corte ordenó al Ministerio del Interior y a Cerro Matoso realizar una consulta previa con las comunidades afectadas, estableciendo medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental. Este proceso debe completarse en un año, tras lo cual la empresa deberá tramitar una nueva licencia ambiental conforme a los estándares constitucionales.

 

 

 

La Corte también exigió a Cerro Matoso brindar atención integral a las personas afectadas por enfermedades derivadas de su operación y crear un Fondo Especial de Etnodesarrollo para reparar a las víctimas de manera colectiva y étnica. De no cumplir estos requisitos, la empresa podría enfrentar la suspensión de sus actividades.

 

 

 

Además, la Corte instó a los Ministerios de Ambiente y a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales a ajustar la normativa a los estándares de la Organización Mundial de la Salud y ejercer controles más estrictos sobre las operaciones de Cerro Matoso. La Contraloría y la Procuraduría supervisarán el cumplimiento de estas órdenes a través de una "relatoría especial de seguimiento".

 

 

 

Esta sentencia, firmada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, busca garantizar la protección del medio ambiente y la salud de las comunidades afectadas, instando a una gestión más responsable y transparente de los recursos naturales.

 

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